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El Monasterio de Santa María de Carrizo
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Autor:
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Monumento Nacional par Real Decreto de 20 de julio de 1974 (B.O.E.
de 27 de agosto del974).
Es este uno de los monasterios medievales
leoneses que conservan mayor número de documentos. Los fondos de su
archivo están compuestos por el Tumbo Antiguo, comenzado par el
licenciado Jerónimo de Robles en 1611, el Tumbo Nuevo, fechado en el año
1769. Otros legajos y documentos que recogen la vida de esta casa desde
fechas anteriores a su fundación.
Hay otros
documentos que forman parte en la actualidad de la sección de Clero en el
Archivo Histórico Nacional y de la colección Salazar de
la Real Academia
de la Historia.
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La
carta de fundación del monasterio de Carrizo data del 10 de diciembre de
1176. En ella, la condesa Estefanía Ramírez, viuda del conde Ponce de
Minerva, hace donación a la Orden del Císter de la villa de Carrizo para
fundar en ella un monasterio al que se añadirán otras propiedades como,
San Pedro del Páramo, Grulleros, Argavayones, y otras posesiones
que tenía en Astorga, Riegos y Tapia.
A lo largo de la historia del monasterio se sucederán donaciones reales y
particulares
que irán aumentando sus numerosas posesiones.
A esto tenemos que unir las aportaciones de
algunas religiosas que ingresaban en el monasterio, ya que al proceder de
familias nobles ofrecían dotes personales importantes al ingresar en la
Orden.
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Este aumento en el patrimonio del
monasterio hace que en el siglo XVI y XVII el monasterio
viva un momento de esplendor.
El edificio se construye en Carrizo y se
ubica en el solar en que se encontraba el palacio que los condes poseían
en esta villa. El monasterio se fundó en fechas posteriores a su
construcción.
Según el Tumbo Antiguo, cuando en 1174
murió el conde Ponce de Minerva, ya estaban levantadas la capilla mayor
de la iglesia y parte de las dependencias monásticas, aunque no se había
ocupado por comunidad alguna.
Las obras fueron continuadas por el yerno
del conde y concluidas por doña Estefanía, quien otorgó el documento
fundacional en 1176, como ya vimos, con el fin de que fuese habitado por
monjas bernardas.
Allí vivió hasta su muerte en el año 1183.
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Sobre los primeros años de vida en Carrizo
no encontramos apenas documentación. En la carta fundacional existe un párrafo
que deja entrever el interés de doña Estefanía por la Orden del Císter.
En este, se especifica que si el cenobio no se acogía a las reglas de la
mencionada Orden, su hija, la condesa Maria, podía dárselo a otra
comunidad de religiosas.
La primera abadesa de este monasterio fue
doña Maria, hija de doña Estefanía, ya que esta nunca adquirió este
titulo. Sus sucesoras tenían jurisdicción civil y criminal sobre los
dominios directos y sobre las propiedades que compartían con el obispo de
Astorga, caso de la localidad de Molinaseca, a la que dotarían de fuero
en el año 1196.
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La abadesa nombraba personal mente a los
Jueces 0 autoridades administrativas de la Justicia: Juez Ordinario, el
Teniente de Juez, y los Alcaldes de la Hermandad. Todos estaban sometidos
a la abadesa del monasterio. Esta les pedía cuentas de su gestión, para
esto mandaba venir cada tres años al Juez de Residencia: para que
investigase y le informase sobre el comportamiento del pueblo,
principalmente del de las autoridades.
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Con el proceso
de la Desamortización, la Abadesa empezó a perder
esta jurisdicción y
la consiguiente influencia en los asuntos del gobierno
y administración
del pueblo.
Las huellas de la Desamortización también
están patentes en este cenobio. En el período de 1868 a 18711as
bernardas que habitaban
este edificio se refugiaron en el cenobio premostratense
de Villoria
de Orbigo. Esta época marca el paso de este monasterio a
manos
privadas. Las religiosas disfrutarán el edificio en calidad de
usufructuarias mientras mantengan en él la vida monástica que no se
ha
interrumpido hasta nuestros días.
Desde
la aprobación de la Ley 16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (B.O.E. 29 de junio 1985),
el Monasterio de Santa Maria de Carrizo, que había sido declarado
Monumento Histórico-Artístico, pasa a tener la condición de Bien de
Interés Cultural.
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