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Villaornate y Villarrabines
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"Diario de León"
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Autor:
P. Albano. |
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A mí me hacía mucha gracia cuando vine a vivir a Valderas oír el nombre de Villaornate y mucho más
después de haber leído lo del método de enseñar del Maestro cojo, socaliñes, y gerambainista en la
escuela de la villa. Después de lo cual ya no me extraña el personaje de
Gerundico-Fray Gerundio, que
superó en más de veinte codos las extravagancias de su maestro. También me hacían verdadera gracia
las aventuras que contaba Doña Crisanta a la que catalogan entre Quince Mujeres leonesas, en sus idas
y venidas a lomos de su burrita Paloma a la escuela de Villarrabines desde
Villamandos. Sus historias
eran muchas y de lo más variadas.
Ni por asomo soñaba por mi parte que algún día tendría que relacionarme y relacionar a pueblos tan
simpáticos como Villaornate y Villarrabines, pueblos ribereños y también
terracampinos.
Sin embargo, ese día y tiempo llegaron. Sobre todo con Villaornate, porque
para Villarrabines desde Valderas teníamos de por medio el Esla, que nos hacía rodear por
Villafer-Villaquejida o por Valencia de Don Juan,
al no existir ya las barcas de Castrillino, ni de Castrofuerte y ponernos miedo el río de corriente traidora que
se cobraba vidas, de alguna de las cuales fuimos testigos presenciales, sin poder evitarlo.
ESTUDIO DE LAS ORDENANZAS
Por todo eso y por más me llamó la atención una Escritura que vi en el Archivo Provincial, titulada
Ordenanzas de Villaornate y Villarrabines. Fue entonces cuando me dispuse a estudiarlas.
La leí y como tenía su aquel, que dicen por allí, hice intención de comentarla. Algo que he reprochado
al Fray Gerundio del Padre Isla es el haber escogido como nombres llamativos y de letrero los de
Campazas y Villaornate, poniéndolos en solfa para disimular las estridencias que se deben en Valderas
y otros muchos sitios de la provincia de León. Podía haber puesto nombres como Villasecatrigos o Valdesbultabultos y nadie se hubiera sentido aludido negativamente.
Pues mucho antes de que el Padre Isla aludiere a los descompasados métodos de enseñanza del
célebre cojo, ya habían compuesto Ordenanzas Villaornate y Villarrabines... Fue exactamente el 25 de
julio de 1623, tiempos de Felipe III. Comienza así la Escritura: Estando en el Prado de
Villamediana,
término de Villarrabines, a 25 de julio de 1623, parecieron ante mí, el Escribano, Antonio Gorgojo,
alcalde Ordinario, y Santiago Fernández, procurador General, y prestaron caución por cuanto por ellos
fuere hecho, por cuanto en el dicho lugar no hay más vecinos que los susodichos.
POR CONSENSO
Los compromisarios de la otra parte eran Domingo Rodríguez y Juan Martínez, en representación
del Concejo de Villaornate.
Y por cuanto entre los vecinos de ambos lugares ha habido diferencias, han llegado al consenso de las
siguientes ordenanzas:
En el Prado de la Mediana si a un vaquero se le hallan pastando en el prado de ocho cabezas para arriba,
pagará un cuarto, si es de día, y dos, si es de noche. Si un vecino entra a pastar con bueyes, pagará un
cuarto por cabeza. Por cada yegua, potro, mula o burra, dos cuartos, si de noche y cuatro, si de día.
Esto será desde el uno de febrero hasta San Miguel de vendimias.
Estos son algunos de los ejemplos de tan singular ordenanza, que durante algunos años se trataron de
cumplir en la zona.
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